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Segundo pago del IRPF de 2025

​​​​​​​El 5 de noviembre finaliza el plazo para pagar el 40% pendiente.

 Segundo pago del IRPF de 2025

Cuando el resultado de la declaración del IRPF resulta a ingresar, los contribuyentes pueden acogerse al fraccionamiento que ofrece Hacienda en estos casos. De esta forma, es posible hacer efectivo un 60% de la cuota a ingresar dentro del plazo legal de declaración y satisfacer el 40% restante más adelante. Este fraccionamiento puede realizarse sin tener que abonar intereses de demora ni recargos, y tampoco deben aportarse garantías.

Pues bien, si al presentar su declaración del IRPF de 2025 optó por dicho fraccionamiento, recuerde que el próximo 5 de noviembre de 2026 expira el plazo para satisfacer el 40% pendiente. A estos efectos:

  • Si optó por domiciliar el pago, bastará con asegurarse de que el 5 de noviembre haya saldo suficiente en su cuenta bancaria para poder afrontar el pago ese día (Hacienda lo cargará en su cuenta en esa fecha).
  • Si no optó por la domiciliación, podrá hacer efectivo este segundo pago por vía electrónica o directamente en cualquier entidad financiera hasta el 5 de noviembre. Para ello, utilice el modelo 102.

 

Si al presentar la autoliquidación de IRPF de 2025 se acogió al régimen de fraccionamiento, recuerde que el próximo 5 de noviembre vence el plazo para satisfacer el 40% de la cuota a ingresar pendiente de pago.

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