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Facturación electrónica obligatoria

Las empresas y empresarios estarán obligados a facturarse electrónicamente.

Facturación electrónica obligatoria

Video elaborado con Inteligencia Artificial – NotebookLM 

Si su empresa emite sus facturas a través de un sistema informático de facturación (SIF), debe asegurarse que a partir del 1 de enero de 2027 (el 1 de julio si actúa como empresario individual y tributa en el IRPF) dicho sistema cumple con las nuevas reglas que han sido aprobadas para estos sistemas. Para ello, verifique que la empresa proveedora del SIF le certifica, mediante una declaración responsable que debe aparecer de manera legible en el propio programa de facturación, que éste cumple con dichas reglas.

Pero aquí no acaban los cambios. Recuerde que también está pendiente que entre en vigor otra norma de facturación por la que todas las empresas y profesionales –con independencia de su tamaño– van a estar obligados a utilizar facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.

Las nuevas facturas electrónicas deberán emitirse a través de una solución pública o a través de plataformas privadas que faciliten la información de facturación a Hacienda. Por tanto, en las operaciones que deban ser facturadas electrónicamente ya no será válido remitir la factura en PDF por correo electrónico, como ocurre hoy en día. 

Por otro lado, los destinatarios de las facturas deberán informar sobre el estado de éstas (indicando si son aceptadas, rechazadas o pagadas). Hacienda utilizará estos datos para elaborar un listado público de empresas de gran tamaño que incurran en incumplimientos importantes en los plazos de pago legales.

Pues bien, recientemente se han conocido las fechas en que está previsto que esta obligación de facturar electrónicamente entre empresarios entre en vigor:

  • Para los empresas y profesionales con una facturación superior a ocho millones de euros en el año anterior, las nuevas normas serán aplicables a partir del 1 de octubre de 2027.
  • Para el resto de los empresas y profesionales, a partir del 1 de octubre de 2028.

 

Nuestros asesores resolverán las dudas que se le planteen respecto a los cambios en materia de facturación y ayudarán a su empresa a que cumpla correctamente con las nuevas obligaciones que van a ser exigibles.

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