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Alquileres de no residentes

Los no residentes presentan el modelo 210.

Alquileres de no residentes

Cuando un no residente es propietario de un inmueble y lo alquila a particulares (de forma que las rentas percibidas no están sujetas a retención), debe tributar en el Impuesto sobre la Renta de No residentes (IRNR).

El tipo impositivo aplicable sobre estas rentas es del 19% para residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega o Liechtenstein, y del 24% en el resto de los casos.

A la hora de satisfacer el IRNR, el no residente debe presentar el modelo 210. Hasta el año pasado, cuando el resultado de la declaración era a ingresar, dicho modelo debía presentarse cada trimestre durante los 20 primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero (según el trimestre).

Pues bien, a partir de este año los alquileres de un mismo inmueble pueden agruparse y declararse de forma anual. En ese caso, el modelo 210 por los alquileres de 2024 debe presentarse del 1 al 20 de enero del 2025.

 

Nuestros asesores resolverán sus dudas sobre la tributación de los no residentes que obtienen rentas o que son propietarios de inmuebles en España.

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